lunes, 15 de junio de 2015

TRABAJO PRACTICO SOBRE CADUCIDAD DE INSTANCIA (TODAS LAS COMISIONES)


CADUCIDAD DE INSANCIA: SIMPLICIDAD Y COMPLEJIDADES.-

Bajo su aparente simplicidad el "fuera de juego" que supone el procedimiento (la "jugada") tendiente a obtener la declaración de caducidad de la instancia (o su revocación) encubre numerosas complejidades, algunas de las cuales procuro señalar a través de las siguientes situaciones hipotéticas:

1.-En un proceso sumario en el cual se demandó a dos personas, una domiciliada en el lugar de radicación del juicio que ya contestó la demanda, otra domiciliada en extraña jurisdicción para cuya notificación se libró cédula bajo el régimen de la Ley 22.172, la secuencia temporal de actos procesales cumplidos es la siguiente: i) El actor promueve la demanda (15/10/2014); ii) El confiere traslado x 10 días con más su ampliación legal en  caso de corresponder (25(10/2014); iii) El actor libra 2 cédulas (26/10/14); iv) Se notifica al primer codemandado (10/11/2014; v) El codemandado notificado contesta la demanda (16/11/2014); vi) El juez provee dicho escrito del siguiente modo: "una vez agregada la cédula de notificación librada con fecha 26/10/2014 se proveerá" (17/11/2014); vii) El actor presenta un escrito solicitando que la cédula de notificación dirigida al otro codemandado se diligencie por el procedimiento de la Ley 22.172 y autoriza a tal fin al Dr xx (18/11/2014); viii) Se ordena nueva cédula bajo la ley 22.172 (20/11/2014); ix) El actor obtiene libramiento de cédula de notificación Ley 22.172 obrando constancia de su retiro del expediente el día (25/11/2014). Este es el último acto procesal que registra el proceso hasta el momento. En este estado:

a) Podría el demandado instar la declaración de caducidad de la instancia?. Redacte el escrito correspondiente.-

b) En caso afirmativo y suponiendo que el Juez hubiera despachado favorablemente dicha petición, ¿cómo debería hacerlo?. Redacte la providencia respectiva.-

c) Si usted fuera el abogado del actor, ¿que haría frente a dicho despacho?. Redacte el escrito correspondiente.-

d)El abogado autorizado al diligenciamiento le informa telefónicamente que la cédula Ley 22.172 fue presentada en el Juzgado de Paz de Venado Tuerto (Provincia de Santa Fe) para su diligenciamiento el día 15/6/2015. ¿Constituye un acto procesal de impulso del procedimiento?. Y si se hubiera materializado la notificación del demandado residente en extraña jurisdicción el día 18/6/2015, ¿constituiría un acto de impulso?.-

e) Suponiendo que, en hipótesis, el primer despacho favorable a la declaración de caducidad y previo a esta se hubiera dictado y con fecha 25/3/15, ¿podría el actor solicitar el día 1/7/2015 la declaración de caducidad de instancia si entre el 26/3/2015 (fecha en que el actor manifestó interés en instar el proceso) y el 26/6/2015 solo se hubieran cumplido las diligencias señaladas en el ap. d)?.-

f) Si en tal horizonte hipotético el Juez declarada la caducidad de instancia pedida por el demandado, usted, abogado del actor, podría apelar dicha resolución alegando que el curso de la caducidad se interrumpió con las diligencias señaladas en d) aunque no hubiera constancia de ellas en el expediente por hallarse pendiente la devolución de la cédula remitida a Santa Fe?.-

2.-En virtud de un accidente de tránsito se suscitaron dos procesos en los que sus protagonistas se demandaron recíprocamente (v. gr., FERNANDEZ vs. PEREZ s/ DS. Y PS. y PEREZ vs. FERNANDEZ s/ DS. PS.).  En el primero de ellos (FERNANDEZ vs PEREZ) se trabó la litis al presentarse PEREZ a contestar la demanda oponiendo la excepción de litispendencia con relación al  juicio PEREZ vs. FERNANDEZ en el que la litis se había trabado con anterioridad. El actor se allanó a la excepción y pidió que se dicte resolución ordenando la acumulación de ambos procesos. El Juez dictó con fecha 2/2/2015 la siguiente providencia: "téngase presente para una vez remitidos los autos PEREZ vs. FERNANDEZ a cuyo fin líbrese oficio al Juez que entiende en ellos". El 10/5/2015 el demandado PEREZ solicitó que se dicte despacho favorable a la caducidad de instancia en los autos FERNANDEZ vs. PEREZ, sin actividad procesal desde el 2/2/15. El Juez dictó despacho favorable a dicho pedido, y, notificado, el actor (FERNANDEZ) no le dio responde. El demandado PEREZ pidió que se resuelva y tenga por operada la caducidad de instancia. Proyecte la resolución que usted dictaría ante dicho pedido.-

3.-En un juicio sumario, a pedido del demandado se intimó al actor a concretar actividad procesal útil bajo apercibimiento de decretarse la caducidad de la instancia. El abogado del actor, al darle responde a la intimación despachada en los términos del artículo 315 del CPCC, lo hizo actuando como gestor procesal (art.48 CPCC) solicitando que se abra la causa a prueba. El juez abrió la causa a prueba. Firme dicha providencia el actor pidió que se provean las ofrecidas. El Juez proveyó las pruebas. En este estado de cosas el demandado señaló que el plazo por el cual el gestor procesal del actor había actuado como tal se encontraba vencido y sin ratificar. Solicitó que se declare la nulidad de lo actuado y que en el mismo acto se tenga por operada la caducidad de la instancia. A dicho pedido el juez resolvió conferirle traslado al abogado del actor. Redacte que el escrito que presentaría en réplica a dicho traslado.-

4.-En el supuesto 2, el Juez tuvo por operada la caducidad de instancia. Dicha resolución, ¿puede ser apelada por el actor?. Redacte el escrito de apelación con sus fundamentos de considerarlo viable.-